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ESTATUTOS DE
I. CONFORMACIÓN DE POLÌTICA QUÀNTICA.
GENERAL.
1.- “Política Quántica” se conformará por los siguientes cuerpos: Presidencia, Dirección Editorial y Cuerpo de Columnistas.
DE LA PRESIDENCIA.
1.- “Política Quántica” es presidida por:
DE LA DIRECCIÓN EDITORIAL DE POLÍTICA QUÁNTICA.
1.- “Política Quántica” es dirigida editorialmente por:
·un Director Editorial; apoyado por,
·un grupo de coordinadores que el director editorial determine.
DEL CONSEJO EDITORIAL INTERNO.
1.- El Presidente y el Director editorial, en conjunto conforman el Consejo Editorial Interno.
2.-
DE LA CONFORMACIÓN DEL CUERPO DE COLUMISTAS.
1.- Serán considerados miembros del Cuerpo de Columnistas todos aquellos individuos que participen con Política Quántica, siendo reconocidos por la Dirección Editorial y; apegándose a los lineamientos del presente documento y del Código de Ética de Política Quántica.
II. DERECHOS Y OBLIGACIONES.
DE LA DIRECCIÓN POLÍTICA QUÁNTICA.
1.- Son derechos de la dirección Política Quántica:
2.- Son obligaciones de la dirección Política Quántica:
DEL CUERPO DE COLUMNISTAS.
1.- Son derechos del Cuerpo de Columnistas y obligaciones de los columnistas los establecidos en el Código de Ética de Política Quántica. (Véase anexo 1)
III. DE LOS ARTÍCULOS.
DEL CONTENIDO.
1.- El contenido de Política Quántica abarca los siguientes rubros: agenda política nacional, agenda política internacional, crítica política y social, cultura nacional e internacional, investigación social y política.
DE LOS ARTÍCULOS.
1.- La extensión de todo artículo será determinada por el columnista.
2.- Todo artículo, debe ser sustentado mediante el uso de fuentes bibliogràficas. Que permitan transmitir veracidad y confiabilidad en los lectores.
3.- Es permitido realizar juicios de valor, siempre y cuando existan argumentos que conlleven a la realización de dicho ejercicio.
4.- El contenido de los artículos debe de cumplir con lo establecido en el Código de Ética de Política Quántica. (Véase anexo 1)
5.- El contenido de los artículos es responsabilidad total del autor, no de la publicación.
DE LA SELECCIÓN DE LOS ARTÌCULOS.
1.-Todos los artículos serán recibidos por la Dirección Editorial en los plazos que se determinen.
2.- Política Quántica, tiene la total libertad de elegir mediante sus Consejos Editoriales los artículos que conformaran las ediciones.
3.- Todos los artículos serán sometidos al consenso del Consejo Editorial Interno, donde se determinarán cuales pasaran a la revisión por parte del Concejo Editorial Externo. Su fallo será irrevocable.
IV.
DE
1.- La publicación se hará de manera quincenal en la página Web http://politicaquantica.mex.tl
Cuernavaca Morelos a los 15 días del mes de septiembre de 2010.
Eduardo Humberto Robles Valdés
Presidente de Política Quántica.
Mirza Elda Sánchez López Gil.
Director Editorial
Revisado y modificado el día 04 de diciembre de 2010.
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